¿Es neutral una declaración de independencia?

Esta es una entrada en dos partes sobre la cuestión de la independencia de Catalunya, la convocatoria a la manifestación unitaria el día 11 de septiembre de 2012 bajo el lema Catalunya, nuevo estado de Europa y la existencia de dos tipos de sentimiento independentista en Catalunya. En la primera parte, Las tres independencias (y media) de Catalunya argumento que no son dos sino tres estas diferentes aproximaciones a la cuestión independentista; en la segunda parte, ¿Es neutral una declaración de independencia? argumento que precisamente porque se dan tres aproximaciones distintas, es imposible pensar en que un proceso de independencia pueda darse en dos tiempos: una declaración de independencia «políticamente neutral» y un proceso constituyente posterior en el que escoger el color del nuevo estado. Esta es una reflexión personal y sin ninguna pretensión de objetividad ni academicismo. La lengua elegida para su publicación no tiene tampoco ninguna connotación política y únicamente se ajusta a libro de estilo de este espacio.

Una de las afirmaciones que a menudo oímos decir a las personas que optan por la independencia desde una aproximación fuertemente identitaria es que la independencia es algo neutral: la independencia no es de derechas ni de izquierdas, simplemente es; declaremos la independencia y, después, el pueblo eligirá qué tipo de gobierno (derechas, izquierdas…) quiere.

En mi opinión esta afirmación solamente se confirmaría en un único caso: no hay pasado ni presente y el proceso constituyente aparece de la nada. En caso contrario, la declaración de independencia necesariamente debe desembocar en un proceso constituyente que, por construcción, no será neutral: en un momento u otro del mismo habrá que tomar una decisión arbitraria o heredera de instituciones pasadas, por lo que el resultado del proceso tendrá, con toda probabilidad, un sesgo ideológico.

El proceso constituyente

Si nos inspiramos en el proceso constituyente en España en 1977, una declaración de independencia en Catalunya podría tener, más o menos, la siguiente secuencia:

  1. Las instituciones existentes — el Parlament — pactan el cambio de régimen, a saber, se declara la independencia de Catalunya.
  2. Las instituciones existentes pactan unos principios básicos o fundamentales (p.ej. ¿Será una democracia?) y se plasman en lo que podríamos llamar «Constitución provisional o constituyente».
  3. Dicha «constitución constituyente» se aprueba (o no) en referéndum.
  4. Las instituciones existentes diseñan cómo se escogerán las futuras instituciones, es decir, se redacta una ley electoral, habida cuenta que la actual ley electoral pertenece a un pasado que ya no existe. En última instancia, adoptar la ley electoral en vigor antes de la declaración de independencia es en cualquier caso una decisión que debe tomarse y, por tanto, supone optar por un diseño en particular.
  5. Con la nueva ley electoral, se renueva el Parlament y se constituyen unas Cortes constituyentes.
  6. Estas Cortes constituyentes, directamente, delegando en una comisión o con la participación de los ciudadanos, redactan una nueva constitución.
  7. El texto de la constitución se lleva a referéndum para su aprobación (o rechazo) por parte de toda la ciudadanía.
  8. Con la nueva Constitución, se disuelven las cortes y se convocan nuevas elecciones, ahora ya dentro de la nueva ley electoral y la nueva Constitución, para la constitución del primer parlamento dentro de la nueva época.

A efectos prácticos, la secuencia anterior se puede simplificar bastante. Habida cuenta que, a corto plazo, los equilibrios de fuerzas es previsible que no cambien en demasía, creo que el procedimiento anterior es equivalente al siguiente:

  1. Las instituciones existentes — el Parlament — pactan el cambio de régimen, a saber, se declara la independencia de Catalunya. El Parlamento en funcionamiento pasa a ser, automáticamente, unas cortes constituyentes.
  2. Estas Cortes constituyentes, directamente, delegando en una comisión o con la participación de los ciudadanos, redacta una nueva constitución.
  3. El texto de la constitución se lleva a referéndum para su aprobación (o rechazo) por parte de toda la ciudadanía.

En cualquier caso hay, como mínimo, dos puntos delicados en todo este proceso.

Neutralidad del proceso constituyente

El primero es la la ley electoral a aplicar. Tanto si se da por buena la ley electoral del régimen anterior como si se redacta una nueva, la decisión tiene un sesgo político. Hay diversos diseños en la forma de elegir a los representantes públicos, y todos ellos acaban resolviendo algunos problemas para dejar desatendidos otros tantos, como bien presenta el breve ensayo de investigadores de la UAB y el CISC La reforma del sistema electoral. Guía breve para pensadores críticos. Valga como ejemplo cómo el actual sistema favorece el bipartidismo y se llevs por delante las minorías, o cómo una alternativa que mitigue el bipartidimo puede convertir el parlamento en una olla de grillos imposible de gobernar.

El segundo punto es, por supuesto, la forma como se redacta la nueva constitución. No hay más que ver la composición de la Ponencia que nombró en 1977 la Comisión de Asuntos Constitucionales y Libertades Públicas del Congreso de los Diputados para tener un buen ejemplo de si la redacción de una nueva constitución es neutral o no: dicha ponencia estaba compuesta de 7 diputados, 4 de ellos (mayoría absoluta) con un fuerte sesgo a favor del anterior régimen, dos diputados de izquierda y un único diputado de los nacionalismos periféricos.

Ambas cuestiones son algo que determinará y mucho la nueva independencia. Algunos ejemplos del caso catalán:

  • ¿Qué idiomas oficiales tendrá la nueva Constitución? ¿Dos (catalán y castellano)? ¿Uno (solamente catalán)? ¿Más (aranés…)?
  • ¿Será el nuevo estado una república o se intentará coronar un descendiente vivo de Martín I de Aragón?
  • El nuevo estado, ¿será laico o bautizado como católico en Montserrat?
  • ¿Será un estado neutral y sin ejército, o lo tendrá y se adherirá y aportará tropas a la OTAN y a los cascos azules? ¿Qué tipo de ejército? ¿Vuelve la «mili»?
  • ¿Se reconocerá la propiedad privada? En caso afirmativo, ¿por encima de qué otros derechos?
  • El Banco Central ¿será independiente? ¿cuáles serán sus objetivos de estabilidad macroeconómica? ¿inflación? ¿empleo? ¿crecimiento?
  • La educación, la sanidad… ¿serán considerados derechos fundamentales y universales? ¿se encargará el Estado de proveerlos? ¿bajo qué condiciones?
  • ¿Qué organización territorial tendrá este nuevo estado? ¿Cuántos niveles administrativos? ¿Con qué independencia o con qué grado de centralización?
  • La nacionalidad catalana, ¿será exclusiva de los habitantes de Catalunya? ¿la podrán obtener otros ciudadanos del resto de Països Catalans? ¿Qué derechos otorgará a estos últimos?
  • Etc.

Estas cuestiones, y muchísimas otras más, deberán decidirse a corto plazo, a muy corto plazo. Algunas de ellas son tan trascendentales que directamente hacen optar por un modelo de sociedad u otro (véase el tema república vs. monarquía, sistema capitalista vs. comunista o cuántas y qué lenguas oficiales).

Dado que una constitución se vota en bloque (o sí o no), lo que en ella se incluya vendrá determinado por la composición de la ponencia que la redacte, que vendrá determinada por los políticos que la escojan, que vendrán determinados por quienes hayan salido elegidos para ocupar los 135 escaños del Parlament. Que esos 135 escaños se escojan justo antes o justo después de la declaración de independencia es prácticamente irrelevante a efectos prácticos.

En la más pura de las teorías, en un mundo sin pasado ni presente, es probablemente cierto que una declaración de independencia sea neutral en cuanto a color político. En un mundo real, con partidos establecidos, dificultades (legales, económicas y sociales) a la participación, y los enormes costes económicos tanto de la creación de un nuevo estado como de la realización de unas elecciones cualesquiera, una declaración de independencia no puede ser neutral.

En este sentido, sería muy conveniente que los partidos que llaman a presentar listas conjuntas con la independencia como único punto en el programa electoral — así como cualquier otro partido o plataforma que pida la independencia — manifestasen claramente y sin ambigüedades qué tipo de independencia están pidiendo exactamente. Con ello, el ciudadano podría tener más datos para valorar si dicha indepdencia le conviene o no.

Incluso en el caso de que la aproximación de un ciudadano sea pura y estrictamente identitaria, incluso en el caso en que la independencia esté en primera posición absoluta en su escala de prioridades (y el resto de cuestiones le importen un rábano), al día siguiente de la declaración de independencia, con esa primera posición ya tachada de la lista, ese ciudadano dejará de ser (sobre todo) nacionalista para ser (también) obrero o empresario, comunista o capitalista, republicano o monárquico, pacifista o belicoso, bilingüe o monolingüe, autárquico o ciudadano del mundo, etc. Incluso al más independentista de los independentistas le interesa saber qué pasará después, so pena de encontrarse que se quejaba de una sanidad pública que le atendía en castellano, y ahora le atiende en catalán, pero es privada y debe pagar por ella.

Saber qué tipo de independencia se va a votar es seguramente algo que debería incluir cualquier elección o referéndum sobre la cuestión. Y, como he intentado explicar, esto no puede hacerse después, porque puede ser doblemente tarde: por una parte, porque quien votó sí (o no) puede ver que en el paquete van medidas que son condición suficiente para cambiar de opinión; por otra parte, porque todas estas cuestiones deben necesariamente estar diseñadas de antemano: bastante difícil será un hipotético proceso de creación de un nuevo estado como para dejar lugar a la improvisación.

Se me antoja, pues, necesario, que los partidos que tienen a la independencia como opción en sus programas electorales, intenten ser comprehensivos en sus aproximaciones: solamente con un programa bien definido en el ámbito identitario, económico y político puede ser viable una declaración de independencia. En caso contrario, el nuevo estado nacerá con carencias estructurales importantes, carencias que acabarán minando su viabilidad y sostenibilidad social, económica y política.

Comparte:

Entrada anterior: Las tres independencias (y media) de Catalunya

Entrada siguiente: Nacionalismos de ser, independencias de estar

18 Comments a “¿Es neutral una declaración de independencia?” »

  1. Pingback: ICTlogy » SociedadRed » Las tres independencias (y media) de Catalunya

  2. Por fin clarividencia. Ser catalán, sentirse catalán, vivir en Cataluña, querer la independencia, todos legítimos pero exclusivo de la ciudadania. Los políticos deberían estar trabajando para ponerse de acuerdo en esos mínimos y en el qué seremos después y no jugueteando con los sentimientos de 7 millones de personas directamente afectadas por su febril deseo de engrandecerse. Hay partidos con más sentido común pero que dificilmente tienen cabida en esa olla de grillos para los cuales la cuestión es ganar votantes o crear una cortina de humo. Gracias Ismael (perdón por el tuteo) por ser el único que ha sido capaz de explicarme y darme una hoja de ruta y poner sobre la mesa lo que llevo preguntando largo tiempo: qué tipo de independencia están pidiendo exactamente.

    • Si quieres saber qué tipo de independencia tendrias, es muy fàcil, basta que consultes alguna web de partidos independentistas. Yo por ejemplo te recomiendo la de Reagrupament (www.reagrupament.cat) y en ella podrás ver en su programa una estructura de estado y gobierno muy definida. Es un ejemplo que habria que acordar con otros partidos, pero un ejemplo muy válido.
      No hay que crear muchas dudas sobre algo que está ya bastante claro. En vez de hacerse tantas preguntas debiéramos buscar las respuestas que ya se han dado a ellas. El asunto está mucho más maduro de lo que a muchos les parece.

      • Yo no creo que esté tan claro, ni tampoco es mi objetivo sembrar duda alguna, sino reflexionar en voz alta sobre mis propias dudas.

        A este respecto, me consta que Reagrupament tiene un borrador de Constitución, (a cuyo conocimiento llegué gracias a Oleguer Amela muy interesante como declaración de principios pero claramente insuficiente a nivel operativo.

        Del resto de formaciones, no me consta que haya gran cosa, incluído el protocolo del Cercle Català de Negocis (que me hizo llegar Arnau Mir de Tost) y que no es propiamente una constitución.

        :)

        i.

        • El borrador de constitución de Rcat es simple i más que nada un documento de buena presentación para llamar la atención. El documento realmente interesante y que SI le copió tras la traición de Joan Laporta a Rcat, está en el apartado del Programa Electoral en la dirección que abajo te indico. (Reagrupament/Documents/programa electoral). El documento se titula «Organitzant el nostre futur lliure» i se preparó con la colaboración de más de 300 personas. Se puede descargar en pdf. Espero te sea útil para comprender que en la creación de un nuevo estado catalán independiente y dentro de Europa, se puede aprovechar para dar a luz a una nueva y auténtica democràcia y a una regeneración de la clase política en base a las nuevas leyes y organizaciones. De ahi que los actuales políticos no quieran ni oir hablar de ello. Por ejemplo, mira el apartado de la Justicia: No hay Ministerio de Justicia como el de ahora, pues los jueces se eligirian libremente como en USA e independientemente de la clase política, de ahí que su organización no esté sometida a la influencia guvernamental.
          Saludos
          http://www.reagrupament.cat/documents/programa_electoral

          • Muchas gracias, José, por el comentario. Había llegado al documento que mencionas al hacer mi comentario anterior, aunque no me pareció una «constitución-constitución» y por eso no lo mencioné. Está claro que tengo que hacer algo más que una lectura en diagonal ;)

            Un saludo y gracias de nuevo :)

            i.

        • Es que noi no saps de què va la cosa. La constitució ja està redactada. Fa temps que s’està treballant.
          Abans d’intentar crear dubtes on no hi son val la pena informar-se una mica.

          • Paco,

            Jo no intento cear dubtes, només comparteixo els meus propis per si algú m’ajuda a treure’n l’entrellat.

            Celebro que ja hi hagi una Constitució redactada: celebraria més encara que fos pública, així com també públics els noms dels qui n’han fet l’esborrany.

  3. Gracias por la reflexión Ismael… y sobre todo, gracias por compartir tus dudas. Dudar no sé si es bueno, pero desde luego es la postura más inteligente. Ante cualquier asunto uno debe ser capaz de hacerse todas las preguntas. Sin tabúes.
    A mí, ya ves, la gente que no duda de nada me asusta.
    Saludos.

  4. Es poco habitual oir/leer reflexiones serias, como las que planteas, sobre un tema tan emocional.
    Yo también tengo dudas y me asustan los que no las tienen. Y cuando digo digo me asustan, lo hago con completa consciencia de mis palabras.
    En este pais (Catalunya, en eso si creo) existe la fea costumbre de tratar como a imbeciles a aquellos que se cuestionan los dogmas identitarios de moda en el momento y todo el mundo acepta que a los imbeciles es mejor no dejarlos opinar.
    Cuando la respuesta cuestiones serias como las que planteas es del tipo: «Es que noi no saps de què va la cosa. La constitució ja està redactada» el acojono es inevitable.

  5. Pingback: ICTlogy » SociedadRed » Las tres independencias (y media) de Catalunya | Humbert.Cat

  6. Pingback: ICTlogy » SociedadRed » ¿Es neutral una declaración de independencia? | Humbert.Cat

  7. Pingback: ICTlogy » SociedadRed » La Vía Catalana como regeneradora de la democracia

  8. Pingback: Anónimo

  9. Pingback: Independencia Cataluña: secuencia de pasos más probable. | Invertir en Crisis

RSS feed Feed RSS para los comentarios a esta entrada. TrackBack URI

Responder a José

Tu comentario: